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Mar 2018 

El seguro de alquiler: ¿Qué cubre?

Los seguros de alquiler se contratan a través de las aseguradoras y no solo cubren los daños materiales que pueda sufrir la vivienda o que causen los inquilinos, sino que también te protegen frente al riesgo de impago de las mensualidades.

España ha sido tradicionalmente un país de propietarios, aproximadamente 8 de cada 10 personas viven en una casa de su propiedad. Sin embargo, en los últimos años el número de españoles que han decidido vivir en régimen de alquiler ha aumentado, lo cual también ha provocado un repunte de los precios.

Si tienes una casa, este es un buen momento para alquilarla, pero ten en cuenta que el 40% de los arrendadores confiesan haber tenido problemas con sus inquilinos, generalmente debido a destrozos en la vivienda, por lo contratar un seguro de alquiler podría ser providencial.

Las coberturas más interesantes del seguro de alquiler

Las coberturas de un seguro de alquiler son las mismas que se aplican al seguro de hogar. Puedes asegurar tanto el continente como el contenido, y con Génesis podrás incluir coberturas adicionales para obtener una dosis extra de tranquilidad y pagar solo por lo que realmente necesitas.

Estas son algunas de las coberturas especiales que solo se aplican a los seguros de alquiler:

  • Daños causados en la vivienda. Se trata de una cobertura que brinda protección frente a actos vandálicos de los propios inquilinos, como puede ser el deterioro del mobiliario o el robo de elementos del continente. Generalmente se aplica una cuantía máxima y la indemnización se calcula cuando se desaloja al inquilino.
  • Pérdida de alquiler. En caso de que la vivienda sufra algún daño y no la puedas alquilar durante un tiempo, esta cobertura prevé una indemnización para cubrir esas pérdidas económicas. Cada aseguradora aplica su propia fórmula, pueden indemnizarte todo el periodo que la vivienda esté deshabitada o establecer un límite temporal, normalmente un año a partir del siniestro. También se puede fijar un límite a la suma asegurada o indemnizar un porcentaje de las pérdidas.
  • Defensa jurídica. Esta garantía cubre la defensa jurídica del propietario, de manera que podrás recibir asistencia jurídica y reclamar los daños que cause el inquilino o el impago del alquiler. No obstante, debes tener en cuenta que esta garantía no se aplica a los casos de desahucios.
  • Protección de impago. El año pasado aumentaron en un 25% los contratos de seguros de impago de alquiler, lo cual no es extraño si se tiene en cuenta que la mitad de los españoles que alquila su vivienda lo hace por necesidad económica pero no les gusta la idea de que alguien viva en su casa. Esta cobertura opcional prevé una indemnización en caso de que el inquilino no te pague las mensualidades, generalmente las últimas doce.

Además de la tranquilidad que brinda, el seguro de alquiler reporta ventajas fiscales ya que puedes deducirlo al 100% de la declaración de la renta. No obstante, desde el Observatorio Español del Seguro del Alquiler alertan de la proliferación de seguros de impagos no regularizados que no brindan protección alguna, por lo que recomiendan contratar estas pólizas directamente con compañías aseguradoras o a través de corredores autorizados.