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Oct 2013 

Tu seguro de hogar y los robos

Según el Balance de Criminalidad realizado por el Ministerio del Interior, el año pasado en España crecieron los robos con fuerza en los domicilios en un 25,4%, una tendencia que ha ido aumentando en los últimos años debido fundamentalmente a los problemas económicos que afectan gran parte de la eurozona. Ante esta perspectiva nada halagüeña, los seguros de hogar vuelven a adquirir un papel protagónico.

La diferencia entre robo y hurto

Un detalle que la mayoría de las personas desconoce es que prácticamente todos los seguros del hogar cubren un robo pero muy pocos hacen frente a los hurtos. ¿Por qué? ¿Cuál es la diferencia entre ambos términos?

En el ámbito legal, que es el mismo que aplican las compañías de seguros, la palabra hurto se utiliza para indicar la sustracción de algún objeto pero sin que haya mediado la violencia ni ningún otro tipo de daño a la propiedad. El ejemplo clásico es cuando el ladrón aprovecha una puerta o una ventana abierta para entrar en la casa. Por tanto, en los casos de hurto casi siempre hay cierto grado de negligencia por parte del propietario y esa es la razón principal por la cual muy pocos seguros de hogar los indemnizan, si bien debemos puntualizar que la póliza de Génesis cubre esta contingencia.

Por otra parte, se hace referencia a un robo cuando se producen daños materiales para acceder a la vivienda o media la intimidación y la violencia. Un ejemplo clásico de robo es cuando el ladrón fuerza una puerta o una ventana para poder entrar en la casa o cuando amenaza al propietario. Obviamente, todos los seguros de hogar multirriesgo cubren los robos.

Los límites de la indemnización

La cobertura ante robo normalmente cubre la substracción de los muebles, los equipos electrodomésticos, las joyas y los objetos de valor que se encontraban dentro de la casa. Obviamente, la indemnización variará en dependencia de las condiciones de la póliza ya que existen diferentes cláusulas que determinan la cantidad que la compañía de seguros le debe pagar al asegurado.

Por ejemplo, ten en cuenta que las joyas y los objetos de un valor especial se suelen indemnizar solo hasta un límite del 20% del capital asegurado para el contenido. Además, también existe un límite (que suele rondar los 300 euros) para reponer el dinero en efectivo que haya sido robado.

En caso de hurto, lo usual es que se indemnicen los objetos hasta un 25% del valor asegurado para el contenido, más o menos la misma proporción que se aplica a los objetos substraídos que se encontraban en dependencias anexas a la vivienda, como los trasteros.

Finalmente, considera que todos los seguros de hogar establecen una diferenciación entre el valor a nuevo de los objetos y su valor real. Este último es lo que te costaría un objeto idéntico al que ha sido substraído, aplicándole la depreciación por el uso y el paso del tiempo, lo cual equivaldría a una indemnización menor que si se tasase teniendo en cuenta su valor como si fuese nuevo.

 

Referencia:
(2013, Febrero) Aumentan en un 25,4% los robos con fuerza en domicilios en 2012. En: El País.