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May 2016 

Los requisitos para pilotar un barco de recreo

Para pilotar ciertas embarcaciones de recreo no basta con tener el conocimiento y la experiencia náutica, desde el punto de vista legal y administrativo existen una serie de requisitos que debes cumplir si quieres navegar en aguas españolas.

 

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En España hay unos 320 puertos deportivos y más de 100.000 plazas de amarre, lo cual no es extraño si consideramos que contamos con muchos kilómetros de costa. Sin embargo, si estás pensando en comprar una embarcación, debes saber que para poder pilotarla tendrás que cumplir con dos requisitos fundamentales: tener el título de patrón de embarcación de recreo y poseer un seguro de responsabilidad civil a terceros.

Tener el título de patrón de embarcación de recreo

Esta licencia, emitida por la Dirección General de la Marina Mercante, permite pilotar embarcaciones a motor y a vela que no tengan más de 12 metros de eslora, siempre y cuando se mantengan a unas 12 millas de la orilla. Para obtenerla deberás aprobar un examen teórico con preguntas sobre tecnología naval, seguridad, comunicaciones, meteorología y navegación. También tendrás que superar un examen práctico y acreditar que has realizado las prácticas de navegación.

Además, debes presentar un informe de aptitud psicofísica y haber realizado el curso de radio-operador de corto alcance. En la actualidad estos cursos se pueden realizar de manera presencial, a distancia o mediante videoconferencias. No obstante, el curso a bordo es presencial y se extiende durante varios días.

Contratar un seguro de responsabilidad civil a terceros

En España se producen cada año 20.000 accidentes marítimos en los cuales están involucradas las embarcaciones de recreo. Obviamente, estos barcos son más vulnerables a los accidentes debido a que suelen ser más pequeños y están tripulados por navegantes no profesionales. De hecho, los errores humanos y los fallos mecánicos son las causas principales de estos accidentes.

Por eso, desde el año 1999 en España es obligatorio que las embarcaciones de recreo tengan un seguro de responsabilidad civil. Esta póliza es obligatoria para todas las embarcaciones propulsadas por motor o aquellas cuya eslora sobrepase los 6 metros. De hecho, muchos puertos deportivos piden este seguro antes de permitir que las embarcaciones accedan en sus instalaciones. Los riesgos mínimos que debe cubrir este seguro son: daños materiales a terceros, pérdidas económicas como consecuencia de estos daños, daños a otras embarcaciones y responsabilidad civil por contaminación ambiental.

Documentación necesaria para tener la embarcación en regla

La documentación obligatoria por ley depende de las características de cada embarcación, el uso que se le dé y su origen. No obstante, dos de los documentos que se le suelen exigir a los propietarios de las embarcaciones de recreo son:

  • Abanderamiento, matrícula y registro. Estos trámites normalmente se realizan una sola vez, a menos que la embarcación haya sido sometida a reformas importantes. El abanderamiento es un proceso administrativo que permite que la embarcación lleve la bandera nacional. La matrícula, que es única para cada embarcación, permite diferenciarla de resto, y se debe inscribir en los registros de matrícula.
  • Certificado de navegabilidad. Es un documento acredita que la embarcación cumple las condiciones para navegar y constata las revisiones realizadas. También indica la fecha de los próximos reconocimientos.

 

Fuente:

(2015, julio) ¿Cuántos accidentes al año sufren las embarcaciones de recreo en España? En: Expansión.